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En Chile siguen obsesionados con ir a Qatar 2022 por el caso Byron Castillo

Byron Castillo Sel 12

Eso pese a que La Tercera ha revelado las razones contundentes que FIFA les expuso para negarles el pedido

El caso Byron Castillo sigue tratándose en Chile, más allá de que la FIFA les dio un portazo hacer algunas semanas, negándoles el pedido de ser considerados como clasificados a Qatar 2022 por alternación de documentos.

Al mismo tiempo de revelar que Chile irá hasta las últimas consecuencias, este jueves diario La Tercera, el de mayor circulación de ese país, informó las explicaciones que FIFA le dio a la ANFP para negar su pedido tras la demanda contra Byron Castillo.

 

Básicamente las repuestas desde Zúrich se centran en reconocer lo que las autoridades del Ecuador consideran como legítimas. Y esta es parte del artículo de dicho medio de comunicación:

 

Ya en las últimas páginas del escrito, y luego de haber expuesto largamente su razonamiento para los puntos centrales del conflicto, la Comisión Disciplinaria de la FIFA entrega los fundamentos finales que la llevaron a rechazar la demanda de Chile contra Ecuador.

 

Primero que todo, para el jurado es suficiente que dos tribunales distintos de Ecuador validen y confirmen la identidad y la nacionalidad de Byron Castillo. “Las resoluciones ecuatorianas no dejan lugar a interpretaciones, ya que establecen explícitamente que la identificación del Jugador que figura en el Registro Civil ecuatoriano, donde se indica que este nació en Ecuador el 10 de noviembre de 1998, no contiene ningún error y se considera válida”, sentencia.

 

Y agrega: “En estas circunstancias, la Comisión señaló que estaba obligada a tomar en consideración y respetar las resoluciones de los tribunales estatales nacionales (así como las leyes nacionales) en relación con la identidad o la nacionalidad de las personas, ya que tales procedimientos son de la competencia exclusiva del tribunal estatal. En consecuencia, la Comisión está sujeta a la valoración llevada a cabo por el tribunal ecuatoriano sobre las cuestiones relativas a la identidad (y la nacionalidad) de uno de sus ciudadanos, el Jugador”.

 

La comisión destaca que, a lo largo del tiempo, las mismas autoridades ecuatorianas le han otorgado al jugador diversos documentos, incluido un pasaporte internacional permanente (único documento válido para probar la nacionalidad a nivel FIFA), los que se consideran oficiales y válidos hasta que se demuestra lo contrario. Justamente, Chile no pudo demostrarlo. “La Comisión consideró que la ANFP no satisfizo su carga probatoria a fin de demostrar que i) los documentos relacionados con la nacionalidad ecuatoriana del Jugador habían sido falsificados, y ii) que el Jugador no era elegible para jugar con el equipo representativo de Ecuador”, sostiene el escrito.

 

Si bien la comisión considera que las pruebas presentadas por Carlezzo sugieren que hubo o hay irregularidades, al mismo tiempo establece que la FEF aportó pruebas suficientes para probar que Castillo es ecuatoriano, tal como figura en el Registro Civil de ese país, en su certificado de nacimiento y en su pasaporte. “En otras palabras, la Comisión no encontró ningún motivo legítimo que le permitiera concluir que el certificado de nacimiento ecuatoriano (o cualquier otro documento) había sido falsificado”, asegura.

 

De esta forma, basado en la documentación oficial, la Comisión Disciplinaria de la FIFA entiende que el lateral es ecuatoriano de nacimiento. Y como nunca antes jugó un partido oficial por otra selección en ninguna categoría, era completamente elegible. Dicho de otra manera, el informe sostiene que la FEF tenía pleno derecho a convocarlo para su representativo, por lo que no cometió una infracción al alinear al defensor en ocho partidos de las Eliminatorias pasadas, incluidos los dos ante Chile.

 

Sin embargo, no todo está perdido para la Federación Chilena de Fútbol ni para Eduardo Carlezzo, ya que la entidad que preside Pablo Milad apelará el fallo. Desde el viernes 24 de junio, día en que le comunicaron los fundamentos a la ANFP, el organismo tuvo tres días para comunicar su intención de presentar un recurso. Desde Quilín ya informaron por escrito su intención. Ahora, el ente rector del fútbol chileno tiene cinco días de plazo, desde el vencimiento del primer límite. Es decir, hasta el 2 de julio. Por último, deberá abonar 1.000 francos suizos ($ 966.000) dentro de este período.

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